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Calidad en Turismo Activo PDF Imprimir Correo electrónico
Valoración de los usuarios: / 1
PobreEl mejor 
Escrito por Gonzalo   
Lunes 06 de Septiembre de 2010 18:03

En el I Congreso Internacional de Turismo Activo de Granada celebrado del 16 al 19 de Noviembre de 2006, Alfonso Ballester, en reperesentación de la Correduría de Seguros Vargas & Hill exponía 10 puntos como indicadores significativos de calidad en empresas de Turismo Activo:
• Nº de registro
• Monitores en Régimen General de Seguridad Social
• Titulaciones
• Formación y reciclaje
• Material homologado
• Actividades planificadas y definidas
• Protocolo de actuación en caso de accidente, consensuado con Protección Civil y conocido por los monitores
• Firma previa del cliente. Información de la actividad
• Especialización, oferta de las actividades que desarrolla
• Pólizas de seguro


Actualmente en Andalucía la reforma del Decreto de Turismo Activo de 12 de Abril de 2.010 ha eliminado de un plumazo la obligatoriedad de titulaciones para monitores y directores técnicos de empresas de Turismo Activo y dejado en el aire la cobertura de los seguros.

No se necesita titulación alguna para ejercer de monitor: "Contar con personal cualificado para el desarrollo de cada actividad"

Y, en cuanto a los seguros: "Disponer de un seguro de responsabilidad profesional adecuado a la naturaleza y al alcance del riesgo de las actividades de turismo activo que desarrollen. Dicho seguro cubrirá las responsabilidades potenciales por los riesgos que puedan derivarse para las personas destinatarias o para terceros."

No se determina como antes la cobertura mínima del seguro de Responsabilidad Civil y no existe obligación alguna de contar con Seguro de Accidentes, ya que en España la primera asistencia sanitaria está cubierta de forma gratuita y por ahora los rescates.

Esto, evidentemente simplifica la creación de empresas de Turismo Activo. Y el caso, es que en algunos sectores hay bastantes empresas, bastante competencia y sería interesante poder trasmitir a los clientes de forma clara la calidad de los servicios de nuestras empresas.


Algunos nos apuntamos en su día a marcas de calidad ambiental, Marca Parque Natural de Andalucía y Carta Europea de Turismo Sostenible que, en algún caso, obtienen y controlan empresas que son los primeros en no respetar la normativa medioambiental (han seguido ofertando y realizando actividades no autorizadas). Son autopropaganda de la Administración, quien no se preocupa siquiera de que se regulen y podamos hacer esas actividades para las que nos dan los certificados de calidad ambiental. ¡Una mentira muy gorda, que algunos hemos denunciado devolviendo esas supuestas marcas de calidad!

Existe otros compromiso o carta de compromiso ambiental, Carta Verde del Deporte Español, que hasta ahora han suscrito pocas empresas de turismo activo.

Otra alternativa han sido las norma ISO (Organización Internacional para la Estandarización), que garantizan eso precisamente una estandarización o normalización, quizá apropiada para determinadas actividades.

Y pronto suponemos que habrá alguna empresa certificada con al Q de Calidad Turística para empresas de Turismo Activo, por algún tiempo; porque a ver quien se puede permitir el lujo de pagar año tras año ese distintivo sin subvenciones.

A nivel genérico es significativo el bajo nivel de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo de las empresas de Turismo Activo en Andalucía, cuestión reclamada por la Unión de Consumidores de Andalucía recientemente. Más información en http://www.suraventura.es/noticias/28/147-la-union-de-consumidores-de-andalucia-alerta-del-intrusismo-en-el-turismo-activo.html

Intentando configurar la norma Q de Calidad Turística, la Federación de Empresas de Turismo Activo de Andalucía ha elaborado un Manual de Buenas Prácticas.
Folleto informativo (406 KB)

Y, dada la importancia de la relación a través de Internet con los clientes de actividades de Turismo Activo es muy interesante la iniciativa del Instituto Nacional de Consumo, que ha creado un distintivo de confianza en servicios ofertados a través de Internet, regulado por el Real Decreto 1163/2005, de 30 de septiembre, por el que se regula el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Este distintivo ha tenido muy poco desarrollo, pero es interesante el contenido del código específico para comercio electrónico, Confianza Online, http://www.confianzaonline.es


Muchos pensamos que estas normas se consiguen tras mucho papeleo, reuniones, consultorías, auditorías, pero en el campo ¿quien controla que todo eso se cumple?
Nosotros estamos cansados de ver servicios de turismo activo prestados con poca o nula calidad.
¿Cómo distinguir de verdad empresas y servicios turísticos de calidad?

La Revista Grandes Espacios (nº 66) se hacía varias preguntas al respecto en un artículo publicado hace varios años, "10 preguntas que siempre te hiciste sobre turismo activo" Algunas de ellas eran las siguientes:

- ¿Cómo puedo saber que la empresa a la que acudo es legal y que está capacitada para ofrecer el servicio que ofertan?
- Y si no quedo satisfecho con el servicio o no se cumple lo que dicen ¿qué?
- Y estas empresas, ¿están sujetas a alguna ley en particular?
- Y hablando de los monitores que me van a dirigir ¿qué formación deben de poseer para que yo pueda confiar en su capacitación?

Las respuestas a algunas de estas preguntas son obvias.
Pero ¿qué pueden hacer las empresas de turismo activo para dar una imagen de calidad y profsionalidad?.
Eso esperamos que entre todos seamos capaces de irlo definiendo

 

Última actualización el Lunes 06 de Septiembre de 2010 19:36
 

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